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- PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO PERO DE PADRE RESIDIENDO EN USA
PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO PERO DE PADRE RESIDIENDO EN USA
- Mario Eduardo Rodriguez Aguilar
- Autor del tema
8 años 3 meses antes #59622
por Mario Eduardo Rodriguez Aguilar
Respuesta de Mario Eduardo Rodriguez Aguilar sobre el tema Re: PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO
Licenciado, buena tarde
Sólo escribo para felicitarlo, nos hacen falta muchos abogados que sólo por el deseo de apoyar lo hagan
reciba una felicitación y mi respeto!
Sólo escribo para felicitarlo, nos hacen falta muchos abogados que sólo por el deseo de apoyar lo hagan
reciba una felicitación y mi respeto!
Responder a Mario Eduardo Rodriguez Aguilar
- Lic. Rafael Alday
- Autor del tema
8 años 9 meses antes #59061
por Lic. Rafael Alday
Respuesta de Lic. Rafael Alday sobre el tema PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO
Estimado Héctor:
No le veo problema en que su hijo acceda a la pensión de ambos, la única situación sería que el IMSS o ISSSTE el segundo ante quien se reclamara la pensión pudiera negarse para hacerlo porque ya esté pensionado en la otra Institución.
Sin embargo si está como beneficiario en los dos y, en ambas instituciones tiene expediente y certificado de discapacidad y dependencia económica, de acuerdo a la ley no debe tener problema alguno.
En relación al testamento, está bien como usted lo determina, le recomiendo que sean si quieren proteger realmente a su hijo no le hereden bienes inmuebles, dado que después él no podrá testar.
Nada tiene que ver con el testamento el tema del IMSS o ISSSTE en dichas instituciones es simplemente por el derecho que tenga como derechohabiente. pero sí es importante el nombramiento de tutor testamentario.
Cordiales saludos.
No le veo problema en que su hijo acceda a la pensión de ambos, la única situación sería que el IMSS o ISSSTE el segundo ante quien se reclamara la pensión pudiera negarse para hacerlo porque ya esté pensionado en la otra Institución.
Sin embargo si está como beneficiario en los dos y, en ambas instituciones tiene expediente y certificado de discapacidad y dependencia económica, de acuerdo a la ley no debe tener problema alguno.
En relación al testamento, está bien como usted lo determina, le recomiendo que sean si quieren proteger realmente a su hijo no le hereden bienes inmuebles, dado que después él no podrá testar.
Nada tiene que ver con el testamento el tema del IMSS o ISSSTE en dichas instituciones es simplemente por el derecho que tenga como derechohabiente. pero sí es importante el nombramiento de tutor testamentario.
Cordiales saludos.
Responder a Lic. Rafael Alday
- Héctor L. Oropeza Calderón
- Autor del tema
8 años 9 meses antes #59049
por Héctor L. Oropeza Calderón
Respuesta de Héctor L. Oropeza Calderón sobre el tema PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO
Buen día Licenciado; Estuve viendo los diferentes casos que le presentan y me animé a preguntarle lo siguiente:
Mi hijo con Síndrome de Down y con 36 años actualmente tendría algún problema para recibir las pensiones mía {IMSSS} y de mi esposa {ISSSTE} ?
Dado que son dos pensiones independientes, mi esposa trabajó y recibió su pensión hasta los 55 .
Pudieran esgrimir o poner alguna problemática para otorgarle a mi hijo las pensiones señaladas?
En nuestros testamentos, mi esposa y yo señalamos a nuestras hijas como Tutor y albacea respectivamente, para que no pongan trabas legales ni jurídicas, para
otorgarle las dos pensiones en cuanto llegue el momento por supuesto .
Reciba un cordial saludo
Atte. Héctor Oropeza
Mi hijo con Síndrome de Down y con 36 años actualmente tendría algún problema para recibir las pensiones mía {IMSSS} y de mi esposa {ISSSTE} ?
Dado que son dos pensiones independientes, mi esposa trabajó y recibió su pensión hasta los 55 .
Pudieran esgrimir o poner alguna problemática para otorgarle a mi hijo las pensiones señaladas?
En nuestros testamentos, mi esposa y yo señalamos a nuestras hijas como Tutor y albacea respectivamente, para que no pongan trabas legales ni jurídicas, para
otorgarle las dos pensiones en cuanto llegue el momento por supuesto .
Reciba un cordial saludo
Atte. Héctor Oropeza
Responder a Héctor L. Oropeza Calderón
- RAFAEL ALDAY GONZALEZ
- Autor del tema
8 años 10 meses antes #58973
por RAFAEL ALDAY GONZALEZ
Respuesta de RAFAEL ALDAY GONZALEZ sobre el tema PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO
Buen día Luis:
El pensionado es su papá, por tanto no puede "pensionar" a su hermano con discapacidad; lo que debe hacer es tener la certificación del IMSS de la discapacidad y dependencia económica de su hermano y, si su papá llega a fallecer, una parte de la pensión de su papá, pasará a su hermano como dependiente económico con discapacidad.
Pero la parte de pensión de su hermano sería como derecho-habiente de su papá una vez que él falte.
Cordiales saludos.
El pensionado es su papá, por tanto no puede "pensionar" a su hermano con discapacidad; lo que debe hacer es tener la certificación del IMSS de la discapacidad y dependencia económica de su hermano y, si su papá llega a fallecer, una parte de la pensión de su papá, pasará a su hermano como dependiente económico con discapacidad.
Pero la parte de pensión de su hermano sería como derecho-habiente de su papá una vez que él falte.
Cordiales saludos.
Responder a RAFAEL ALDAY GONZALEZ
- Luis
- Autor del tema
8 años 10 meses antes #58972
por Luis
Respuesta de Luis sobre el tema PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO
Muy buenas tardes mi pregunta y duda es mi papa ya se va jubilar pero quiere pensionar a mi hermano ya tiene la hoja y todo en regla , de que costa que esta discapacitado y no puede valerse por si mismo mi duda es como consiste la pensión le van a dar dinero a el o de su pensión que le toca a mi papa le van incrementar un por ciento de jubilación? Cada mes o como seria muchas gracias por su atención
Responder a Luis
- RAFAEL ALDAY GONZALEZ
- Autor del tema
8 años 11 meses antes #58885
por RAFAEL ALDAY GONZALEZ
Respuesta de RAFAEL ALDAY GONZALEZ sobre el tema PENSION POR HIJO CON DISC. EN MEXICO
Estimada Trinidad:
La atención médica que actualmente recibe su hermano es como derecho habiente ya sea menor o mayor de edad con discapacidad por el trabajo y cotización ante el IMSS de su papá, si él (su papá) deja de trabajar y por ende de cotizar en el IMSS su hermano dejará de tener servicio médico.
Puede continuar, si es el caso de que su papá deje de trabajar, con la contratación de un SEGURO FACULTATIVO o VOLUNTARIO ante el IMSS que únicamente incluye atención médica.
Lo puede consultar en la página www.IMSS.GOB.MX
El costo anual aproximado es de $ 6,000.00 pesos
En caso de no poder cubrir esa cantidad, le sugiero que vaya a las oficinas del SEGURO POPULAR del estado de la República en donde usted reside para tratar de inscribir a su hermano con un costo de acuerdo al estudio socio económico que se le practique.
Saludos cordiales
La atención médica que actualmente recibe su hermano es como derecho habiente ya sea menor o mayor de edad con discapacidad por el trabajo y cotización ante el IMSS de su papá, si él (su papá) deja de trabajar y por ende de cotizar en el IMSS su hermano dejará de tener servicio médico.
Puede continuar, si es el caso de que su papá deje de trabajar, con la contratación de un SEGURO FACULTATIVO o VOLUNTARIO ante el IMSS que únicamente incluye atención médica.
Lo puede consultar en la página www.IMSS.GOB.MX
El costo anual aproximado es de $ 6,000.00 pesos
En caso de no poder cubrir esa cantidad, le sugiero que vaya a las oficinas del SEGURO POPULAR del estado de la República en donde usted reside para tratar de inscribir a su hermano con un costo de acuerdo al estudio socio económico que se le practique.
Saludos cordiales
Responder a RAFAEL ALDAY GONZALEZ
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