Responder: RD 174/2011

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Historial del Tema: RD 174/2011

Mostrando los últimos 6 mensajes - (Últimos primero)

  • María José Alonso
14 años 4 meses antes
Re: PIA ¿QUÉ PEDIR?

Buenos días Ángela:

Contesto a su pregunta más concreta. :¿Tendrá derecho a subvención teniendo trabajo remunerado?

En Extremadura, la cuantía de las prestaciones económicas se calcula según los criterios establecidos en la ORDEN de 23 de noviembre de 2011 de la CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL, por la que se hacen públicos los
criterios para la determinación, en la Comunidad Autónoma de
Extremadura, de la prestación económica a los beneficiarios que tengan
reconocida la condición de persona en situación de dependencia (DOE 21 diciembre 2011)

Puede encontrar el texto en el siguiente link: www.dependencia.imserso.es/InterPresent2...xtorden23nov2011.pdf

La prestación económica puede ayudarle a costear los servicios privados que recibe.

Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño

  • Angela
14 años 4 meses antes
Re: PIA ¿QUÉ PEDIR?

Hola Mª José:
Gracias por su respuesta
Consulto desde Extremadura
Precisamente Ud me orientó, como sabe hacerlo, para fundamentar un recurso de alzada que presenté porque se había negado la "habilitación funcional" a todas las personas mayores de 18 años con discapacidad intelectual "porque estaba demostrado que ya no había posibilidad de mejora..." (no recuerdo las palabras textuales)Por cierto que no sirvió de nada (ni a mí ni otras familias que lo hicieron)
Todos comprendimos que se trataba de derivar al SEPAD (yo lo que me negaba a aceptar era la razón esgrimida)
He copiado la ley que Ud ha enviado
¡Claro que es lo que necesita mi hijo! y de por vida, por mucho que trabaje y haya conseguido considerable autonomía...

PREGUNTA MÁS CONCRETA:¿Tendrá derecho a subvención teniendo trabajo remunerado?
A mi ya me gustaría que se fueran creando medios públicos (profesorado, orientadores laborales...)
De todas maneras, ya recibe atención privada:Repaso de HH sociales, Educación emocional... que se costea él mismo la mar de contento

GRACIAS DE NUEVO

¿Qué hacen las familias de hijos mayores con S d Down cuando no tienen a su alcance una Asoc suficientemente fuerte?

Podrían compartir sus experiencias

  • María José Alonso
14 años 4 meses antes
Re: PIA ¿QUÉ PEDIR?

Estimada Ángela:

Mi percepción por lo que Vd. manifiesta, sin conocer yo a su hijo, es que lo más indicado para él son los Servicios de Promoción de la Autonomía Personal (SEPAP).

Dichos servicios pueden consistir en habilitación psicosocial para personas con discapacidad intelectual. Le transcribo la descripción del Acuerdo de la Comisión Delegada del Consejo Territorial de 26 de enero 2011 publicado en el BOE de 22 de agosto de 2011:

«5. Servicio de habilitación psicosocial para personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual
a) Definición: Conjunto de actuaciones encaminadas a prestar apoyos, transitorios o permanentes, a personas con discapacidad intelectual o con enfermedad mental, a fin de mejorar sus posibilidades de mantenerse en el entorno familiar y social en las condiciones más normalizadas e independientes que sea posible.
b) Personas beneficiarias: Personas con dificultades en el desempeño tipo C o I originada por cualquier transtorno mental grave, discapacidad intelectual y similares.
c) Actuaciones: Se realizarán actuaciones, individuales o en grupo, encaminados a:
Entrenar en habilidades personales y sociales.
Crear estrategias psicoeducativas.
Desarrollar redes sociales y de apoyo en las que participe la familia.
Apoyar la inserción laboral.
La ejecución de dichas actuaciones se realizará mediante:
La evaluación funcional de las habilidades de la persona usuaria en relación con las exigencias de su entorno.
El entrenamiento en las habilidades necesarias.
El seguimiento de la persona usuaria en los diferentes ambientes de su entorno.
La implicación de la persona usuaria y su familia.»

Si no le ofrecen servicios de este tipo de la red de dependencia, pida una prestación económica vinculada al servicio, para pagar SEPAP y busque una entidad privada que los preste que esté autorizada por su Comunidad Autónoma. Por cierto, ¿desde que CCAA me escribe?

Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño

  • Angela
14 años 4 meses antes
PIA ¿QUÉ PEDIR?

Antonio acaba de recibir su valoración de situación dependencia: Grado II Nivel 1 y propuesta para dar forma a su PIA:
OFRECEN SERVICIOS: Teleasistencia, Ayuda a domicilio, Centro Día, Centro Noche, Atención residencial
pendiente de estimación (médico, estudio del entorno...)
SORPRESA
Cuando tuvimos la entrevista con equipo, en visita domiciliaria, mis demandas fueron: Crear profesionales especialistas en estimulación de A Personal: HH Sociales,Madurez emocional...Mediación Laboral (y que no sean PSIQUIATRAS los encargados de informes para la discapacidad)Sabía que se trataba de un "brindis al sol"

Bien, ahora que le van a elaborar un Programa Individual de Atención...
Dado que trabaja, tiene muchísima autonomía en su vida (con sus ventajas e inconvenientes, pero ¿quien controla la "nuestra")
NO SÉ QUÉ PEDIR REALMENTE ÚTIL

  • María José Alonso
14 años 4 meses antes
Re: RD 174/2011

Efectivamente, Chus con la prestación familiar por hijo a cargo menor de 18 años no hace falta comunicar nada.

Un saludo muy cordial,

María José Alonso Parreño

  • Chus
14 años 4 meses antes
Re: RD 174/2011

Cuando meses atrás se habló de este tema fue en relación al cobro de la prestación económica por la Ley de Dependencia y la ayuda por hijo a cargo y el tema del complemento por ayuda de tercera persona.

Pues este año, y una vez entrado en vigor como indica Mª José el 18-2-2012, la mayoría de nosotros recibiremos la comunicación del importe de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar incluyendo el párrafo que adjunto.

Si no me equivoco y que Mª José nos lo aclare sino, para aquellas personas que reciben la prestación por hijo a cargo menor de 18 años (1.000 €/año en dos pagos semestrales de 500 €) no se ven afectados y no tendrían que comunicar nada.