Renuncia parcial a prestación Ley dependencia.

Más
9 años 11 meses antes #57498 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Renuncia parcial a prestación Ley dependencia.
Buenos días Antonio: Es verdad que su caso no aparece en la ley. Son embargo he visto casos parecidos en la Comunidad de Madrid sin que haya habido un problema. La clave está en el Programa Individual de Atención (PIA). Si la renuncia no implica ningún cambio en el PIA que tendrá el centro de dia y la ayuda a domicilio, no habrá problema para recuperar esas horas en el futuro. Un atento saludo, María José Alonso Parreño
  • Antonio Rodríguez Campos
  • Autor del tema
9 años 11 meses antes #57497 por Antonio Rodríguez Campos
Renuncia parcial a prestación Ley dependencia. Publicado por Antonio Rodríguez Campos
Buenos días:

Mi hermano tiene reconocida la prestación económica de la ayuda de la Ley de la dependencia y desde hace años venía percibiendo mensualmente la cantidad correspondiente. Con el fallecimiento de mi madre pasa a vivir conmigo y efectúo el cambio de la ayuda económica por la de asistencia a un centro de día. Me acepta Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía ese cambio y además por el grado que tiene reconocido, tiene asignadas 22 horas semanales de ayuda en domicilio. Estas horas no me hacen falta por ahora, puede que en el futuro sí. Me indican en la delegación de Asuntos Sociales que puedo renunciar a ellas y en el futuro volver a disponer de ellas. No encuentro en la legislación el artículo de la Ley o del Reglamento que me dispense de utilizar esta ayuda a domicilio y que quede "en la nevera" para los próximos años. Me da miedo renunciar porque desconozco sí efectivamente tengo derecho nuevamente a reclamarla cuando lo desee. ¿Es cierto lo que me comenta la Delegación de que sí renuncio puedo disponer de esa ayuda a domicilio en cuánto la necesite de nuevo?
Muchas gracias.
Moderadores: María José Alonso