Recientemente ha fallecido mi madre que tenía la patria potestad de mi hermano, down de 48 años con una minusvalía del 65%. Actualmente estaba cobrando la pensión de rfandad por mi padre fallecido hace más de 30 años, pensión que le ha sido suspendida mientras tanto no se le nombre nuevo/a tutor/a. El problema, según me dicen, es que previo a tramitar en el juzgado el nombramiento de tutor/a se debe empezar un procedimiento judicial que determine la incapacidad de mi hermano debido a la inexistencia de sentencia anterior al respécto ya que anteriormente se adjudicaría la patria potestad de mi hermano a mi madre por otro procedimiento. La cuestión es que el procedimiento judicial que determina la incapacidad de mi hermano excederá sobradamente el plazo de 90 dias que da la SS.SS para reanudar el pago de la pensión ya que sin esta sentencia no se puede iniciar el trámite de nombramiento de tutor/a. ¿Es correcta la información que tengo? Gracias