Responder: Compra Piso

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Historial del Tema: Compra Piso

Mostrando los últimos 6 mensajes - (Últimos primero)

  • Paco
16 años 6 meses antes
Compra Piso

Hola, quería hacer una pregunta relacionada con las ventajas sociales de la gente discapacitada. Al igual que si se compra un coche, al ponerlo a nombre de la persona con discapacidad, se obtiene un descuento (o el no pago de un impuesto), pasa lo mismo con la compra de un piso?, y si es así, debe ser de obra pública o puede ser también de obra privada?
Supongo que si el discapacitado tiene movilidad reducida, tiene beneficios fiscales al tener que adecuar una vivienda a su movilidad, pero en el caso de las personas con SD, pasa lo mismo?

Gracias y un saludo

  • María José Alonso Parreño
16 años 6 meses antes
Re: Compra Piso

Estimado Paco:

Muchas CCAA tienen tipos reducidos en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados cuando se trata de la adquisición (compra) de vivienda por parte de una persona con discapacidad.

También hay reducciones en el Impuesto de Scesiones y donaciones en algunas CCAA en donaciones de padres a hijos para compra de vivienda habitual, que se elevan cuando el hijo tiene discapacidad.

Finalmente hay cierta preferencia en el acceso a Viviendas de Protección oficial, sobre todo en casos de movilidad reducida.

Dígame desde que CCAA nos escribe y podré facilitarle más detalles.

Un atento saludo,

María José Alonso Parreño

  • Paco
16 años 6 meses antes
Re: Compra Piso

La comunidad es Cataluña. Tengo un hijo de 3 años con SD y estamos pensando en cambiarnos de piso, y no sabemos si poniéndolo a su nombre obtendremos algún beneficio.

Saludos

  • María José Alonso Parreño
16 años 6 meses antes
Re: Re: Compra Piso


Estimado Paco:
Le detallo los beneficios fiscales en Cataluña:
Impuesto de Transmisiones patrimoniales:
Legislación: Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
Artículo 6: Tipo reducido en ITP del 5 por 100 aplicable a la transmisión de un inmueble que vaya a constituir la vivienda habitual de un contribuyente que tenga la consideración legal de persona con disminución física, psíquica o sensorial, o cuando la minusvalía concurra en alguno de los miembros de la unidad familiar del contribuyente.
Se exigen los siguientes requisitos:
- Que la suma de las bases imponibles correspondientes a los miembros de la unidad familiar, en la última declaración del IRPF, no exceda los 30.000 euros.
- Un grado de minusvalía reconocida igual o superior al 65 por 100.
ES DECIR QUE GOZARÍA DEL TIPO REDUCIDO AUNQUE LA VIVIENDA ESTUVIERA A NOMBRE DE LOS PADRES Y PODRÍAN GOZAR LOS APDRES DE LA DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL EN EL IRPF.
Donación de los padres al hijo. Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Artículo 8. Deducción en la donación de cantidades destinadas a la adquisición de la primera vivienda habitual del descendiente.
1. Con efectos a partir del 1 de enero de 2003, la donación a los hijos y descendientes de cantidades destinadas a la adquisición de su primera vivienda habitual da derecho a la aplicación de una deducción del 80 por 100 de la cuota tributaria del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
2. La aplicación de esta deducción queda sometida al cumplimiento de una serie de requisitos y unos límites bajos.
Mi opinión es que tratándose de un niño de tres años, probablemente no les interese poner la vivienda a nombre del niño pero les recomiendo que hagan la consulta a un asesor fiscal con sus datos concretos.
Asimismo, el Decreto 157/2002, de 11 junio, Establece el régimen de las viviendas con protección oficial, determina las ayudas públicas en materia de vivienda a cargo de Generalidad de Cataluña, y regula gestión de ayudas previstas en Real Decreto 1/2002, de 11-1-2002 (RCL 2002\103, 254, 277), sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo. (DO. Generalitat de Catalunya 17 junio 2002) establece unos topes de ingresos más altos para familias que tienen un miembro con discapacidad así como ayudas a la entrada, superiores.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño