Dictamen escolar
- Manuel
- Autor del tema
16 años 6 meses antes #9684
por Manuel
Respuesta de Manuel sobre el tema Dictamen escolar
Hola.
Agradecería saber quien tiene la última palabra en el momento de recibir un dictamen de escolarización por parte del departamento de educación en cuestión (en Cataluña, la Generalitat) de nuestros hijos.
Si el dictamen se resuelve a favor de que el niño debe entrar en parvulario de 3 años, pero los padres preferiríamos que asistiera a la guardería, o si el dictamen resuelve que debe reternerse un año en la guardería, pero los padres pensamos que está en condiciones para el parvulario de 3 años, ¿quién tiene siempre la última palabra? ¿El departamento de educación o los padres?
Resulta que diferentes parejas estamos en estas situaciones. Muchas gracias.
Agradecería saber quien tiene la última palabra en el momento de recibir un dictamen de escolarización por parte del departamento de educación en cuestión (en Cataluña, la Generalitat) de nuestros hijos.
Si el dictamen se resuelve a favor de que el niño debe entrar en parvulario de 3 años, pero los padres preferiríamos que asistiera a la guardería, o si el dictamen resuelve que debe reternerse un año en la guardería, pero los padres pensamos que está en condiciones para el parvulario de 3 años, ¿quién tiene siempre la última palabra? ¿El departamento de educación o los padres?
Resulta que diferentes parejas estamos en estas situaciones. Muchas gracias.
Responder a Manuel
- María José Alonso Parreño
- Autor del tema
16 años 6 meses antes #9664
por María José Alonso Parreño
Respuesta de María José Alonso Parreño sobre el tema Re: Dictamen escolar
Estimado Manuel:
Hasta los seis años la escolarización no es obligatoria y por lo tanto entiendo que hasta esa edad los padres pueden decidir no escolarizar al niño. Sin embargo, si deciden escolarizarlo, es un tanto dudoso quien tiene la ultima palabra.
En Cataluña la norma aplicable es el Decreto 299/1997, de 25 de noviembre sobre atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales (DOGC 28 noviembre 1997).
Les transcribo el art. 5 de dicho Decreto:
“Artículo 5. Procedimiento para la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales
5.1. El Departamento de Enseñanza facilitará la información, la orientación y el asesoramiento necesario a los padres y madres o tutores del alumno y, en la medida que sea posible, al mismo alumno, para que dispongan de los datos necesarios para decidir su escolarización en el centro docente más adecuado para atender sus necesidades educativas.
5.2. En la enseñanza obligatoria, el padre y la madre o tutores podrán escoger el centro para matricular a su hijo o hija, de entre los que disponen de los recursos personales y materiales necesarios para atenderlos de forma adecuada y de acuerdo con los criterios establecidos para la admisión del alumnado en el Decreto 72/1996.
5.3. Previamente a la matriculación del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales, los Equipos de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP) realizarán un dictamen de escolarización de carácter personal para cada uno de ellos. El dictamen de escolarización incluirá, como mínimo:
a) Evaluación de las posibilidades de autonomía personal y social, de las competencias comunicativas, identificación del tipo y grado de aprendizaje alcanzado en relación a los contenidos básicos de los currículos de la educación infantil, de la educación primaria y de la educación secundaria obligatoria, según proceda y otras condiciones significativas para el proceso de enseñanza y aprendizaje.
b) Estimación razonada de las ayudas, los apoyos y las adaptaciones que pueda requerir.
c) Propuesta de escolarización, en función de las dotaciones e infraestructura existentes en los centros docentes y de las opciones expresadas por los padres y madres o tutores.
5.4. A lo largo de cada etapa educativa y preceptivamente al finalizarlas, se revisará la decisión de escolarización para adecuarla a la evolución de las necesidades del alumnado y favorecer, cuando sea posible, su acceso a un régimen de mayor integración.
5.5. La escolarización en centros de educación especial y unidades de educación especial en centros docentes ordinarios se efectuará de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.1 del Decreto 72/1996.
Si hay coincidencia entre la opción del padre y de la madre o tutores del alumno y la propuesta de escolarización del dictamen del EAP, se procederá directamente a los trámites de matriculación. En los casos de no coincidencia manifestada por escrito, la Inspección educativa, oídos el padre y la madre o los tutores del alumno, elevará un informe sobre el procedimiento seguido al delegado/delegada territorial del Departamento de Enseñanza con el fin de que resuelva la reclamación de acuerdo con los criterios que establezca el Departamento de Enseñanza según se prevé en el artículo 3.1 de este Decreto.”
Cuando no se está de acuerdo con lo que dicta el departamento de Enseñanza se puede acudir al juez, que será quien tenga la ultima palabra. En la etapa de Educación Infantil la cuestión es dudosa, dado su carácter no obligatorio.
Voy a mirar la jurisprudencia y las normas catalanas sobre la etapa de educación infantil antes de continuar con mi respuesta.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Hasta los seis años la escolarización no es obligatoria y por lo tanto entiendo que hasta esa edad los padres pueden decidir no escolarizar al niño. Sin embargo, si deciden escolarizarlo, es un tanto dudoso quien tiene la ultima palabra.
En Cataluña la norma aplicable es el Decreto 299/1997, de 25 de noviembre sobre atención educativa al alumnado con necesidades educativas especiales (DOGC 28 noviembre 1997).
Les transcribo el art. 5 de dicho Decreto:
“Artículo 5. Procedimiento para la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales
5.1. El Departamento de Enseñanza facilitará la información, la orientación y el asesoramiento necesario a los padres y madres o tutores del alumno y, en la medida que sea posible, al mismo alumno, para que dispongan de los datos necesarios para decidir su escolarización en el centro docente más adecuado para atender sus necesidades educativas.
5.2. En la enseñanza obligatoria, el padre y la madre o tutores podrán escoger el centro para matricular a su hijo o hija, de entre los que disponen de los recursos personales y materiales necesarios para atenderlos de forma adecuada y de acuerdo con los criterios establecidos para la admisión del alumnado en el Decreto 72/1996.
5.3. Previamente a la matriculación del alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades psíquicas, motrices o sensoriales, los Equipos de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP) realizarán un dictamen de escolarización de carácter personal para cada uno de ellos. El dictamen de escolarización incluirá, como mínimo:
a) Evaluación de las posibilidades de autonomía personal y social, de las competencias comunicativas, identificación del tipo y grado de aprendizaje alcanzado en relación a los contenidos básicos de los currículos de la educación infantil, de la educación primaria y de la educación secundaria obligatoria, según proceda y otras condiciones significativas para el proceso de enseñanza y aprendizaje.
b) Estimación razonada de las ayudas, los apoyos y las adaptaciones que pueda requerir.
c) Propuesta de escolarización, en función de las dotaciones e infraestructura existentes en los centros docentes y de las opciones expresadas por los padres y madres o tutores.
5.4. A lo largo de cada etapa educativa y preceptivamente al finalizarlas, se revisará la decisión de escolarización para adecuarla a la evolución de las necesidades del alumnado y favorecer, cuando sea posible, su acceso a un régimen de mayor integración.
5.5. La escolarización en centros de educación especial y unidades de educación especial en centros docentes ordinarios se efectuará de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.1 del Decreto 72/1996.
Si hay coincidencia entre la opción del padre y de la madre o tutores del alumno y la propuesta de escolarización del dictamen del EAP, se procederá directamente a los trámites de matriculación. En los casos de no coincidencia manifestada por escrito, la Inspección educativa, oídos el padre y la madre o los tutores del alumno, elevará un informe sobre el procedimiento seguido al delegado/delegada territorial del Departamento de Enseñanza con el fin de que resuelva la reclamación de acuerdo con los criterios que establezca el Departamento de Enseñanza según se prevé en el artículo 3.1 de este Decreto.”
Cuando no se está de acuerdo con lo que dicta el departamento de Enseñanza se puede acudir al juez, que será quien tenga la ultima palabra. En la etapa de Educación Infantil la cuestión es dudosa, dado su carácter no obligatorio.
Voy a mirar la jurisprudencia y las normas catalanas sobre la etapa de educación infantil antes de continuar con mi respuesta.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Responder a María José Alonso Parreño
- Lorena
- Autor del tema
16 años 6 meses antes #9662
por Lorena
Respuesta de Lorena sobre el tema Re: Dictamen escolar
Buenas, te cuento mi caso. Yo vivo en Extremadura, y tenía a mi hijo en una guardería de la Junta en la que el equipo de atención temprana le llevaba un seguimiento al niño y realizó un dictamen de escolarización.
En este dictamen me ponían las limitaciones que tendría mi hijo, en resumen me ponían que necesitaría logopedia y pt en toda su etapa de escolarización y me dictaban los centros públicos en los que había estas opciones.
Mi decisión fue meter a Guillermo en un colegio concertado en el que sabía que en etapa infantil no hay ningún tipo de ayuda.
Me dijeron que no me aprobaban el dictamen de escolarización, pero en definitiva, en mi caso la decisión de los padres es la que sirvió.
En este dictamen me ponían las limitaciones que tendría mi hijo, en resumen me ponían que necesitaría logopedia y pt en toda su etapa de escolarización y me dictaban los centros públicos en los que había estas opciones.
Mi decisión fue meter a Guillermo en un colegio concertado en el que sabía que en etapa infantil no hay ningún tipo de ayuda.
Me dijeron que no me aprobaban el dictamen de escolarización, pero en definitiva, en mi caso la decisión de los padres es la que sirvió.
Responder a Lorena
- Manuel
- Autor del tema
16 años 6 meses antes #9659
por Manuel
Respuesta de Manuel sobre el tema Re: Re: Dictamen escolar
María José.
Muchísimas gracias por tu mensaje. Si puedes extenderlo hacia la educación infantil sería muy interesante.
Aprovecho para agradecer toda la labor de down21.org Es increíble el material escrito y humano con el que contamos gracias a este portal.
Saludos.
Muchísimas gracias por tu mensaje. Si puedes extenderlo hacia la educación infantil sería muy interesante.
Aprovecho para agradecer toda la labor de down21.org Es increíble el material escrito y humano con el que contamos gracias a este portal.
Saludos.
Responder a Manuel
- Paqui
- Autor del tema
16 años 6 meses antes #9637
por Paqui
Respuesta de Paqui sobre el tema Re: Dictamen escolar
Yo también tengo dudas a cerca de este tema.
Explico nuestro caso:
Mi hijo va a cumplir 3 años en junio y somos de la provincia de Barcelona, el Eap hace su valoración y existen discrepancias: una parte de los psicologos que lo evaluan recomienda retención y la otra escolarización.
Tanto el CDIAP, como nosotros sus padres, estamos de acuerdo con la retención ya que, todo y que está aprendiendo al ritmo de sus compañeros, tenemos serias dudas. Mi hijo es muy autónomo y sigue completamente todos los contenidos que se desarrollan en su guardería, pero creemos que un año más de guardería le serviría para madurar muchos aspectos: físico (su pequeña talla y su falta de equilibrio todo y que comenzó a caminar a los 14 meses), de comunicación (hace un par de meses hemos empezado a trabajar con la logopeda de su CDIAP y sus avances son espectaculares pero creemos que no suficientes), etc.
Nuestra sorpresa es que, una vez todos de acuerdo (todo y que nos ha costado convencer a la parte del EAP que estaba por pasarlo a P3), nos enteramos a través de uno de los colegios que habiamos ido a ver (para tomar decisiones con fundamento), que el EAP pensaba pasar a P3 a mi hijo con dictamen pero sin ningún tipo de apoyo, todo y que en las reuniones que hemos tenido con ellos siempre nos han dicho que el tema del lenguaje y la comunicación los tiene muy verdes aún para un P3.
Mi pregunta es: de cara al año que viene que sí irá a P3, si el niño continúa teniendo dificultades en el lenguaje y el EAP no considera necesario ponerle unas horas de apoyo de logopeda y todos, tanto CDIAP, como su futuro colegio, como nosotros vemos que es algo necesario ¿cómo podemos o a dónde debemos reclamar estas horas de logopedia (o de otro tipo de ayuda)?
Tengo un poco de miedo pues nos ha costado varias semanas de reuniones convencer a los miembros del EAP que estaban por pasarlo a P3 de que lo más adecuado para el bienestar de mi hijo era hacerle una retención. Si este año, que teniamos tantisimas dudas no pensaban ponerle apoyos me huelo que el año que viene nos va a costar sudor y lágrimas conseguir algo.
Ah! supongo que el dato será importante, pensamos escolarizar a nuestro hijo en un colegio público, ya que hemos visto varios de la zona y en eso si coincidimos todos.
Muchisimas gracias
Explico nuestro caso:
Mi hijo va a cumplir 3 años en junio y somos de la provincia de Barcelona, el Eap hace su valoración y existen discrepancias: una parte de los psicologos que lo evaluan recomienda retención y la otra escolarización.
Tanto el CDIAP, como nosotros sus padres, estamos de acuerdo con la retención ya que, todo y que está aprendiendo al ritmo de sus compañeros, tenemos serias dudas. Mi hijo es muy autónomo y sigue completamente todos los contenidos que se desarrollan en su guardería, pero creemos que un año más de guardería le serviría para madurar muchos aspectos: físico (su pequeña talla y su falta de equilibrio todo y que comenzó a caminar a los 14 meses), de comunicación (hace un par de meses hemos empezado a trabajar con la logopeda de su CDIAP y sus avances son espectaculares pero creemos que no suficientes), etc.
Nuestra sorpresa es que, una vez todos de acuerdo (todo y que nos ha costado convencer a la parte del EAP que estaba por pasarlo a P3), nos enteramos a través de uno de los colegios que habiamos ido a ver (para tomar decisiones con fundamento), que el EAP pensaba pasar a P3 a mi hijo con dictamen pero sin ningún tipo de apoyo, todo y que en las reuniones que hemos tenido con ellos siempre nos han dicho que el tema del lenguaje y la comunicación los tiene muy verdes aún para un P3.
Mi pregunta es: de cara al año que viene que sí irá a P3, si el niño continúa teniendo dificultades en el lenguaje y el EAP no considera necesario ponerle unas horas de apoyo de logopeda y todos, tanto CDIAP, como su futuro colegio, como nosotros vemos que es algo necesario ¿cómo podemos o a dónde debemos reclamar estas horas de logopedia (o de otro tipo de ayuda)?
Tengo un poco de miedo pues nos ha costado varias semanas de reuniones convencer a los miembros del EAP que estaban por pasarlo a P3 de que lo más adecuado para el bienestar de mi hijo era hacerle una retención. Si este año, que teniamos tantisimas dudas no pensaban ponerle apoyos me huelo que el año que viene nos va a costar sudor y lágrimas conseguir algo.
Ah! supongo que el dato será importante, pensamos escolarizar a nuestro hijo en un colegio público, ya que hemos visto varios de la zona y en eso si coincidimos todos.
Muchisimas gracias
Responder a Paqui
- olga
- Autor del tema
16 años 6 meses antes #9626
por olga
Respuesta de olga sobre el tema Re: Re: Dictamen escolar
Paqui, en la escuela te pueden decir que la logopedia te la tiene que cubrir el CDIAP mientras vayas (hasta los seis años) y a partir de esta edad los niños con sindrome de down tienen apoyo logopedico en la escuela.
Tengo de tres años, que actualmente està haciendo un año más de guarderia , la verdad es que lo recomiendo. En setiembre empezara la escuela con casi 4 años (los hace en setiembre) y la vemos mucho más preparada ahora que el pasado curso. La verdad es que les ha ido bien para todo.
Nosotros vivimos en un pueblo cerca de Lleida.
Tengo de tres años, que actualmente està haciendo un año más de guarderia , la verdad es que lo recomiendo. En setiembre empezara la escuela con casi 4 años (los hace en setiembre) y la vemos mucho más preparada ahora que el pasado curso. La verdad es que les ha ido bien para todo.
Nosotros vivimos en un pueblo cerca de Lleida.
Responder a olga
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