Responder: ley dependencia desestimada

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Historial del Tema: ley dependencia desestimada

Mostrando los últimos 6 mensajes - (Últimos primero)

  • Emilia
14 años 4 meses antes
Re: ley dependencia desestimada

Muchas gracias por su atención y la orientación que nos ha facilitado.

Un abrazo,
Emilia

14 años 4 meses antes
Re: ley dependencia desestimada

Estimada Emilia:

Antes en el propio impreso de solicitud se preguntaba si se había solicitado antes el reconocimiento de dependencia (junto a la pregunta sobre grado de discapacidad). Veo que ahora no lo preguntan. No obstante yo añadiría, como le decía en mi mensaje anterior, una petición de acceso al expediente de hace dos años y después de presentarlo, haría la solicitud adjuntando copia del escrito de acceso al expediente. Es importante acreditar las razones por las que deben prestar atención a la nueva solicitud. Por eso creo que deben acompañarlo de un informe bien hecho.

Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño

  • Emilia
14 años 4 meses antes
Re: ley dependencia desestimada

Estimada Mª José, gracias por su atención. Seguiremos su consejo de presentar una nueva solicitud. Pensábamos que al solicitar una revisión se podría agilizar el trámite, al disponer la dirección general de dependencia del expediente.
Le escribo desde la Comunidad de Madrid.

De nuevo, gracias por la respuesta

Emilia

14 años 5 meses antes
Re: ley dependencia desestimada

Estimada Emilia:

Agradecería que me dijera desde qué Comunidad Autónoma me escribe. Lo que se disponen a hacer ahora no es un recurso (para ello se les pasó el plazo de un mes desde la notificación que figura en la propia resolución). En mi opinión se trata de una nueva solicitud, no de una revisión ya que nunca fue reconocida la situación de dependencia.

Se me ocurre de todas maneras que a la solicitud debería acompañar un informe detallado realizado por una psicóloga experta en síndrome de Down en el que se valoren cada uno de los ítems del baremo (del nuevo, el que entro en vigor el 18 de febrero y que es anexo al RD 174/2011) explicando si lo desempeña o no y el tipo de apoyo que requiere.

Incluso sería conveniente que solicitara acceso al expediente de hace dos años facilitando el número del mismo, al amparo de los artículos 35.a) y 37.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De este modo podría ver cómo se puntuó hace dos años.

Un saludo cordial,

María José Alonso Parreño

  • Emilia
14 años 5 meses antes
ley dependencia desestimada

Estimada Mª José,

me gustaría que me orientara respecto a la alternativa para reclamar una nueva valoración de dependencia de mi hija.
Ella es mayor de edad, tiene reconocido en el grado de discapacidad un 65% por retraso mental moderado por Síndrome de Down, precisa apoyo para varias actividades de la vida diaria, además tiene reconocida la incapacidad judicial.

Fue valorada en 2010 y desde la dirección general de dependencia nos comunicaron que no alcanzaba la puntuación necesaria para reconocerle un grado de dependencia.
Cuando nos llegó la valoración no recurrimos y ahora nos planteamos hacerlo. No sabemos si es más adecuado solicitar una revisión de grado, por error en la aplicación del baremo o solicitar una valoración inicial.
Le agradeceríamos si nos pudiera aclarar cual es la vía que debemos seguir.

Gracias anticipadas