derecho a voto
- María José Alonso
14 años 4 meses antes #51641
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: derecho a voto
Estimada Blanca:
Efectivamente que puede apelarse esta sentencia de incapacitación amparándose en la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006. Concretamente en el art. 29 de la misma, el cual habla incluso de derecho a asistencia para votar (a que alguien por ejemplo le prepare resumen del programa de cada partido en lectura fácil, como ha hecho Feaps en noviembre con la iniciattiva "mi voto cuenta"). También hay jurisprudencia española al respecto. Tal y como señala la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº Quince de Las Palmas de Gran Canaria, de veintisiete de abril de dos mil diez, «La interpretación de Ley General Electoral de acuerdo con el espíritu de la Convención, exige respetar, en la mayor medida posible, la autonomía y los derechos fundamentales de la persona con capacidad modificada, de modo que no podrá privársele del derecho de sufragio activo con carácter general, salvo casos excepcionales, en cuanto que ello supondría un retroceso en la necesaria integración social que se propugna respecto. En el concreto supuesto enjuiciado no se ha acreditado esa especial incapacidad de doña Teresita para poder elegir una determinada opción y ejercitar su derecho al voto, pues dicho ejercicio solo requiere una manifestación de voluntad, para la que resulta necesaria no tanto un determinado nivel de raciocinio o de conocimiento, sino la expresión de una opinión o decisión personal sobre las diversas ofertas electorales, en función de la formación cultural de cada persona.»
La propia sentencia habrá establecido un plazo de 5 días hábiles para preparar el recurso (anunciarlo). Puede recurrir no solo la propia persona con discapacidad demandada, sino también ualquiera de las partes (por ejemplo el defensor judicial o el fiscal). Les recomiendo que se dirijan al fiscal para que apele o que envíe un mensaje al fiscal especialista de discapacidad en www.fiscal.es. Conozco un caso en Madríd en que la fiscalía está apelando ademas de los padres.
¿Desde qué Comunidad Autónoma me escribe? Deben darse prisa.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Efectivamente que puede apelarse esta sentencia de incapacitación amparándose en la Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006. Concretamente en el art. 29 de la misma, el cual habla incluso de derecho a asistencia para votar (a que alguien por ejemplo le prepare resumen del programa de cada partido en lectura fácil, como ha hecho Feaps en noviembre con la iniciattiva "mi voto cuenta"). También hay jurisprudencia española al respecto. Tal y como señala la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº Quince de Las Palmas de Gran Canaria, de veintisiete de abril de dos mil diez, «La interpretación de Ley General Electoral de acuerdo con el espíritu de la Convención, exige respetar, en la mayor medida posible, la autonomía y los derechos fundamentales de la persona con capacidad modificada, de modo que no podrá privársele del derecho de sufragio activo con carácter general, salvo casos excepcionales, en cuanto que ello supondría un retroceso en la necesaria integración social que se propugna respecto. En el concreto supuesto enjuiciado no se ha acreditado esa especial incapacidad de doña Teresita para poder elegir una determinada opción y ejercitar su derecho al voto, pues dicho ejercicio solo requiere una manifestación de voluntad, para la que resulta necesaria no tanto un determinado nivel de raciocinio o de conocimiento, sino la expresión de una opinión o decisión personal sobre las diversas ofertas electorales, en función de la formación cultural de cada persona.»
La propia sentencia habrá establecido un plazo de 5 días hábiles para preparar el recurso (anunciarlo). Puede recurrir no solo la propia persona con discapacidad demandada, sino también ualquiera de las partes (por ejemplo el defensor judicial o el fiscal). Les recomiendo que se dirijan al fiscal para que apele o que envíe un mensaje al fiscal especialista de discapacidad en www.fiscal.es. Conozco un caso en Madríd en que la fiscalía está apelando ademas de los padres.
¿Desde qué Comunidad Autónoma me escribe? Deben darse prisa.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Responder a María José Alonso
- Mª Blanca
- Autor del tema
14 años 4 meses antes #51635
por Mª Blanca
derecho a voto Publicado por Mª Blanca
Hola, escribo porque conozco una persona a la que le han incapacitado totalmente y le han privado del derecho a voto. Me gustaría saber si se puede recurrir acogiéndose a la convención de derechos humanos.
Gracias
Gracias
Responder a Mª Blanca
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