Estimada Manoli:
Las adaptaciones curriculares significativas, por definición, son aquellas que eliminan objetivos y contenidos de los considerados fundamentales o mínimos para adquirir en la Educación Secundaria Obligatoria. En Formación Profesional no tiene sentido que se eliminen esos objetivos, porque entonces el profesional que se está capacitando carecería de algunas de las herramientas fundamentales para desempeñar su trabajo. Imaginad un auxiliar de clínica o un auxiliar de informática al que se le ha dado su título sin que sepa determinados conocimientos: sería una irresponsabilidad darle ese título.
Hay que tener en cuenta que la Formación Profesional, como el Bachillerato son etapas educativas no obligatorias y, por tanto, no hay obligación de hacer adaptaciones. La ESO, por el contrario, es una etapa Obligatoria, y precisamente por esa razón se elaboran las adaptaciones. Pero también hay que saber que cuando se hace una adaptación significativa en la ESO, la persona no tiene acceso al Título de Graduado en Secundaria.
En Bachillerato existe la posibilidad de exención de determinadas materias para personas con algunas discapacidades, por ejemplo, la exención de educación física para chicos con discapacidad motórica, pero la adaptación curricular significativa, no tiene sentido en etapas postobligatorias.
Un cordial saludo
Emilio Ruiz
Canal Down21