Estimada Ángela:
Contesto a sus preguntas:
1. La valoración en el reconocimiento de dependencia se hace con un baremo distinto al del certificado de discapacidad (antes minusvalía). La puntuación en dependencia no afecta al certificado de discapacidad. No obstante, mi recomendación es que en la valoración esté presente alguien que conozca bien a tu hijo y que conozca bien el baremo para hacer ver al valorador los ítems en los que necesita supervisión y apoyo, aunque no lo parezca.
2. Uno puede tener 100% de dependencia y trabajar si la actividad es adecuada a sus capacidades. En cuanto a ingresos, tendrá que ver la normativa de copago de su CCAA, pero en cualquier caso no queda excluido del sistema, sino en todo caso pagar una parte del servicio o recibir una prestación económica más baja, según lo que se recoja en el PIA.
3.Hoy por hoy el Programa Individual de Atención del sistema de dependencia no es suficientemente completo, lo ideal sería una Planificación Centrada en la Persona para personas con discapacidad intelectual. No obstante, me parece muy conveniente tener reconocida la situación de dependencia y un PIA, desde ya, sin esperar a que Vd. no pueda intervenir.
En cuanto a su úñtima pregunta tendrá que contestarla amigos del foro con hijos en edad adulta.
Un saludo cordial,
María José Alonso Parreño