Умное голосование вологда
- María José Alonso
14 años 2 meses antes #51981
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: plaza de centro dependencia
Estimado amigo:
En principio la prestación económica vinculada al servicio para pagar la plaza privada en el centro de día, solo se da cuando no sea posible el acceso a un servicio público, contratado o concertado de cualquier Administración pública, adecuado a sus necesidades y dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. (art. 17.1 Ley 39/2006 y art. 2 Orden 627/2010 de 21 de abril de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM 30 abril 2010).
Sin embargo creo que debe hablar con la Comunidad de Madrid, pues probablemente estén interesados, ya que el coste máximo de la prestación económica vinculada al servicio (PEVS) es menor que la de centro de día y además puede reducirse en función los ingresos que tenga su hija.
Si no aceptaran, de ningún modo se vería privada de cualquier ayuda por dependencia. Podría pedir revisión de Programa Individual de Atención (PIA) y pedir cualquiera de los servicios y prestaciones económicas del catálogo en función del Grado y nivel reconocido (por ejemplo ayuda a domicilio, prestación económica de asistente personal, prestación económica por cuidados en el entorno familiar o Servicios de promoción de la autonomía personal (que como no están contratados le darían una PEVS para pagarlos).
Un saludo muy cordial
María José Alonso Parreño
En principio la prestación económica vinculada al servicio para pagar la plaza privada en el centro de día, solo se da cuando no sea posible el acceso a un servicio público, contratado o concertado de cualquier Administración pública, adecuado a sus necesidades y dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. (art. 17.1 Ley 39/2006 y art. 2 Orden 627/2010 de 21 de abril de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM 30 abril 2010).
Sin embargo creo que debe hablar con la Comunidad de Madrid, pues probablemente estén interesados, ya que el coste máximo de la prestación económica vinculada al servicio (PEVS) es menor que la de centro de día y además puede reducirse en función los ingresos que tenga su hija.
Si no aceptaran, de ningún modo se vería privada de cualquier ayuda por dependencia. Podría pedir revisión de Programa Individual de Atención (PIA) y pedir cualquiera de los servicios y prestaciones económicas del catálogo en función del Grado y nivel reconocido (por ejemplo ayuda a domicilio, prestación económica de asistente personal, prestación económica por cuidados en el entorno familiar o Servicios de promoción de la autonomía personal (que como no están contratados le darían una PEVS para pagarlos).
Un saludo muy cordial
María José Alonso Parreño
Responder a María José Alonso
- plaza de centro dependencia
- Autor del tema
14 años 2 meses antes #51972
por plaza de centro dependencia
plaza de centro dependencia Publicado por plaza de centro dependencia
Holaa, a mi hija le han dado una plaza de centro de día en madrid, ella está en una plaza privada y queremos que continúe en la plaza que tiene ahora, porque está muy bien allí, no queremos la plaza que nos ofrece ahora la comunidad. Queremos saber si al renunciar esa plaza perdemos el derecho a cualquier ayuda de dependencia y si podemos solicitar una ayuda para pagar la plaza que tiene ahora.
gracias
gracias
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