recálculo prestaciones económicas Ley Dependencia

  • marisa
  • Autor del tema
13 años 9 meses antes #52765 por marisa
a mis padres (son dependientes) les han reducido en un 56% es un verdadera barbaridad.
Tienen un grado 3. No vamos a poder mantenerles en casa.... ¿Hay posibilidades de recurrir esta Resolución, que nos han notificado en octubre, pero que ya llevan aplicando desde el mes de agosto?
gracias
  • María José Alonso
13 años 10 meses antes #52739 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: recálculo prestaciones económicas Ley Dependencia
Estimada Chus:

Me parece que tu análisis del CR de la fórmula de cálculo de la PECEF en Castilla y León es correcto.

Un saludo muy cordial,

María José Alonso Parreño
  • Chus
  • Autor del tema
13 años 10 meses antes #52738 por Chus
Desde qué salió la ley de dependencia en numerosas ocasiones he dicho que me interesaba más la parte de promoción de la autonomía que la de dependencia y que lo más interesante era la figura del asistente personal, hasta entonces en el ostracismo y sólo una comidad, la vasca, la puso en valor.

Pero hoy por hoy la figura del asistente no está dotada de contenido, ahora que la quieren fortalecer en detrimento de la prestación por cuidados en el entorno familar espero que lo hagan.

A la edad de trece años, que tiene Irene, el PÍA ofrece pocos servicios de promoción de autonomía.


Ya doy por asumido el coeficiente corrector, desde que lo vi publicado, en el primer mensaje aún no lo había visto.

Ahora la cuestión está en el CR que la jcyl tira a la baja, a todos el apartado 2 de la disposición transitoria décima del real decreto ley 20/2012, cuando en mi caso debería ser el 1... Los ya beneficiarios 1. De los nuevos solicitantes 2.
  • María José Alonso
13 años 10 meses antes #52737 por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: recálculo prestaciones económicas Ley Dependencia
Estimada Chus:

He mirado la normativa de Castilla y León que me comentas (ORDEN FAM/644/2012, de 30 de julio, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, BOCyL 31 julio 2012), y también en que norma estatal se funda dicha Comunidad Autónoma para introducir ese índice corrector. En concreto, y aunque no me parece un fundamento muy sólido, entiendo que se fundan en las dos disposiciones siguientes:

- Real Decreto 727/2007, de 8 de junio sobre criterio para determinar las intensidades de protección de los servicios y la cuantía de las prestaciones económicas. En su Artículo 13. Determinación de la cuantía de las prestaciones económicas señala:

«1. La cuantía de las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia será objeto de actualización anual por el Gobierno mediante real decreto, previo acuerdo del Consejo Territorial, para los grados y niveles con derecho a prestaciones, teniendo en cuenta la actualización aplicada al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

2. El importe de la prestación económica a reconocer a cada beneficiario se determinará aplicando a la cuantía vigente para cada año un coeficiente reductor según su capacidad económica, de acuerdo con lo establecido por la Comunidad Autónoma o Administración que, en su caso, tenga la competencia y tendrá en consideración lo que se acuerde por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.»

- el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y la atención a la Dependencia de 10 de julio de 2012 publicado mediante Resolución de 13 de julio de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad (BOE 3 de agosto de 2012) dicho Acuerdo en su apartado Tercero regula la Aprobación de los criterios y contenidos sobre capacidad económica y participación del beneficiario en el coste de las prestaciones para la Autonomía y la Atención a la dependencia y en su punto 6.5.señala que «Las comunidades autónomas o Administración competente, podrán establecer una mayor participación del beneficiario en el coste de los servicios y de las prestaciones económicas». Entiendo que la Comunidad de Castilla y León se ha amparado en esto para incluir la disposición transitoria tercera cuyo coeficiente corrector reduce aun más la prestación económica por cuidados en el entorno familiar en 2013 y en 2014.

En el preámbulo lo dicen: «El capítulo III de la orden mantiene la regulación vigente en materia de determinación de la capacidad económica del interesado, sin perjuicio de haber procedido a clarificar su redacción. El resto de los artículos del capítulo se modifican para adaptarlos al Acuerdo del Consejo Territorial de 10 de julio de 2012 y al Real Decreto Ley 20/2012. Al mismo tiempo, se introducen modificaciones que, dentro del marco de la racionalización y sostenibilidad del sistema, tienden a priorizar los servicios frente a la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, como garantía de una mejor atención de la persona dependiente y como medida favorecedora del empleo y del desarrollo económico.»

Pretenden desincentivar la PECEF. Puede ser que sea interesante para ti cambiar el PIA por ejemplo hacia Servicios de promoción de la autonomía personal o hacia una Prestación Ecónomica Vinculada al Servicio.

Un saludo muy cordial,

María José Alonso Parreño
  • chus
  • Autor del tema
13 años 10 meses antes #52736 por chus
Ya sé donde aparecen publicados los índices correctores, en la misma FAM/644/2012, disposición transitoria tercera.

Al final el Estado rebaja el 15 %

Y sobre esa rebaja la JCyL aplica otra rebaja del 15%


Y publica en la web, que no en el boletín oficial de castilla y León una información;

Cantidad única para el grado II, cuidados en el entorno familiar, sin atender la disposición transitoria décima del Real Decreto Ley 20/2012, que distingue entre beneficiarios (quiene ya lo tenían) y solicitantes (para los nuevos) que fija bases diferentes.

Y no atiende la orden FAM de la junta que dice:

"CR es la cuantía de referencia para cada prestación económica, que coincide con las cuantías máximas establecidas por Real Decreto para cada grado de dependencia"
  • chus
  • Autor del tema
13 años 10 meses antes - 8 años 3 meses antes #52735 por chus
Mª José en la Comunidad Autónoma de Castilla y León ha salido publicada en la página web una nota informativa, PERO NO ha salido nada publicado en el BOCyL que lo apruebe y además mientras no se publique nada se estaría inclumpliendo su propia norma FAM/644/2012, de 30 Julio y el BOE de 14-7-2012.
Última Edición: 8 años 3 meses antes por reyes.
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